lunes, 25 de octubre de 2010

145. De los FAD al FONPRODE

Imaginad que sois ricos y generosos (igual no hay que imaginar mucho) y queréis ayudar a alguien. Imaginad que el primer criterio que debe tener aquel que se beneficie de vuestra ayuda sea que su renta per capita sea inferior a los 3.035 USD. Hasta ahí, bien.
En vez de donación directa decidís que vais a dar créditos ventajosos (devolución a 30 años, intereses bajos). Bueno….
Pero poco a poco, empezáis a poner condiciones: que el crédito esté vinculado a la compra de bienes o servicios españoles, que comercialmente no sea viable (es decir, que el beneficiado no pueda ganar dinero con tu ayuda) que solo un estado o instituciones publicas se puedan beneficiar de la ayuda, que se gestione a través de la secretaria de estado de turismo y comercio... Como veis al final empieza a ser difícil distinguir “quien ayuda a quien” ya que si la ayuda está condicionada a que “me ayudes a exportar” , como si fuese una ecuación, un concepto compensa al otro y en vez de ayuda de lo que estamos hablando es de los créditos FAD.
Descarga de un camión con ayuda alimentaria en Kasungu. Malawi. 2004
El PNUD ya avisaba en 2005 que ese vínculo entre transferencia financiera a cambio de la obligación de compra de bienes restaba eficacia a la ayuda. La OCDE también pedía al gobierno una revisión de este instrumento. Hasta la propia Secretaría de Estado de Comercio reconocía que no era el medio adecuado para mejorar la presencia de las empresas españolas en el exterior. Por si teníais alguna duda sobre su utilidad aquí va la lista de los principales países beneficiarios en los últimos años: China, Marruecos, Argelia, México y Turquía. No comments.
Durante 30 años ese ha sido el principal instrumento de “cooperación” española.

Escuela en la zona de Kasungu. Malawi. 2004

Este viernes se aprobó en el Congreso la reforma de esta mecanismo mediante la Ley 36/2010 de 22 de octubre. A partir de ahora se divide la gestión de la deuda entre el FONPRODE (cooperación) y el FIEM (Ayuda a la empresa)
Esta ley ha creado el FONdo para la PROmoción del DEsarrollo como instrumento de cooperación. Es la evolución natural de una ayuda al desarrollo más profesional y estructurada. Se enmarca dentro de los planes Directores de la cooperación española. Su articulo 12 establece, por ejemplo, un control parlamentario o prohibe aprovechar el fondo para “comprar” material militar (como había sucedido en el pasado).
En los próximos dias y semanas los actores humanitarios se irán definiendo ante este cambio pero mencionemos por encima algunas dudas sobre el nuevo organismo. Los FIEM (herederos directos de los FAD) se mantienen como elementos generadores de deuda. Inicialmente en el proyecto de ley computaban como Ayuda al Desarrollo pero en la promulgación final quedaron desvinculados. Parece que el FONPRODE sigue abarcando demasiado: sigue siendo también un instrumento generador de deuda; el Ministerio de Economía tiene que valorar previamente los proyectos; los criterios de seleccion siguen siendo los de la OCDE (que no es la más humanitaria de las organizaciones).

En resumen: un avance positivo que todavía puede ir más alla.

3 comentarios:

Teresa Tarrés dijo...

Desde mi ignorancia: los créditos de los que hablas ¿generan intereses? ¿se devuelven?

Juan José Tarrés Sanjurjo dijo...

pues... sin ser un experto, se suelen devolver (aunque regularmente ves noticias de condonacion de deuda. Y sobre los intereses, depende de lo pactado, aunque son bajos, porque si fuesen altos, ¡menuda ayuda!

Momoyama dijo...

Muy clarificador y nos pone al día. Gracias de nuevo.